Este viernes 2 de septiembre a partir de las 11:00 se abre el plazo para que las empresas entre 3 y menos de 10 empleados puedan pedir el Kit Digital. Podéis consultar la convocatoria pinchando en este enlace.

Importante saber que para el cómputo de trabajadores se tendrá en cuenta la plantilla media de trabajadores de alta en 2021 y, por otra parte, que el autónomo computará como empleado, por lo que si se trata de un autónomo con dos empleados ya podría pedir la ayuda. Lo mismo sucede con las sociedades donde hay autónomos societarios trabajando, estos computan también como trabajadores.

Si la plantilla ha estado fluctuando en el 2021, es importante que confirmes si realmente cumples la media solicitada, pidiendo a tu asesoría el informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta en el año 2021, sabiendo que, por ejemplo, los trabajadores a media jornada computan como 0,5 trabajadores.

Otro requisito es tener una antigüedad mínima de 6 meses para poder solicitar la ayuda y encontrarse al corriente de sus obligaciones con Hacienda y Seguridad Social.

El primer paso para poder solicitar la ayuda será registrarse en el siguiente enlace https://www.acelerapyme.gob.es/registro-pyme.

Una vez hecho este registro, habrá que rellenar el test de autodiagnóstico para poder determinar cual es nuestro nivel de desarrollo digital. Este trámite es obligatorio a través del enlace https://www.acelerapyme.gob.es/user/login

Después de esto ya podremos solicitar la ayuda en la web https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital

Una vez se nos conceda la ayuda tendremos que ponernos en contacto con los agentes digitalizadores que hayamos seleccionado para desarrollar el proyecto. Ellos guiarán en el proceso.

Al final de la página https://sede.red.gob.es/es/procedimientos/convocatoria-de-ayudas-destinadas-la-digitalizacion-de-empresas-del-segmento-ii podéis encontrar tanto respuestas a las preguntas frecuentes como una guía para la presentación de solicitudes que se descargan en pdf.

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